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sábado, 21 de febrero de 2009

Informe sobre la legalidad de la despenalización del aborto en España

Informe sobre la legalidad de la despenalización del aborto en España
Secretaría de Comunicación Tomás Moro
19-02-2009

CAMINEO.INFO.- Con el fin de aclarar la realidad legislativa en la protección de la vida, El Centro Jurídico Tomás Moro (CJTM) ha emitido un breve informe jurídico para hacer llegar a la ciudadanía, de un modo sencillo, la realidad del derecho a la vida y la ausencia de un verdadero derecho al aborto.
Dado la manipulación que el poder político está haciendo del supuesto derecho al aborto, y los agrios debates que la modificación de la ley del Aborto están suscitando en el mundo social, este Centro Jurídico se ve en la necesidad de exponer brevemente la realidad jurídica en esta materia.

El informe, que se puede consultar en la dirección: http://boletincjtm.wordpress.com/2009/02/17/informe-juridico-sobre-la-despenalizacion-del-aborto/ o se puede adquirir en la dirección web:http://tomasmoro.bubok.com/ trata de acercar de manera sencilla, la realidad legislativa a los ciudadanos.
Con todo, este Centro Jurídico quiere exponer de forma sucinta la esencia jurídica del debate planteado:
1- En materia del aborto el bien protegido es el nasciturus.
2- No existe un derecho constitucional al aborto, que según doctrina del Tribunal Constitucional (Sentencia 16/04/1985) está considerado como un delito contra la vida humana dependiente.
3- El art. 15 de la Constitución Española establece con meridiana claridad que "todos tienen derecho a la vida".
4- Los Tratados Internacionales suscritos por España sólo recogen el derecho a la vida, así:a. El art. 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice: "Todo individuo tiene derecho a la vida"b. El Preámbulo de la Declaración de los Derechos del Niño considera "que el niño" necesita de protección " tanto antes como después del nacimiento"c. El art. 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño refiere que se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años.
5- Por todo lo anteriormente dicho, este Centro Jurídico considera que el único dogma defendible en el actual debate de ampliación del aborto es el dogma de la dignidad de la vida. Esperando que nuestro legisladores opten por la aplicación del Derecho Internacional, por la aplicación del derecho primigenio a la vida, y por el uso de la racionalidad política, a la par que el respeto a los Derechos Fundamentales de la Persona, este Centro Jurídico desea que la cordura jurídica y la racionalidad legislativa, triunfen sobre un debate creado artificialmente con el fin de sustraer la atención de la ciudadanía de otros debates políticos.

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